Auto Supremo AS/1285/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1285/2006

Fecha: 22-Nov-2006

Que a este efecto, de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no


Que a este efecto, de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no cumplió con los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., puesto que no identificó cuáles son los errores in judicando en que hubiera incurrido el Tribunal ad quem a momento de emitir el auto de vista para que se pueda casar el auto recurrido. En efecto, en la acción extraordinaria en análisis, el recurrente se limitó a señalar que el principio in dubio pro operario, fue indebidamente aplicado por el tribunal de alzada; empero no citó ninguna norma que hubiese sido violada, aplicada indebidamente o interpretada erróneamente en el trámite y resolución de la causa. Tampoco demostró la existencia de error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba. A más de estas deficiencias no se encuentra haber sido violada ley alguna