Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones aludidas por el recurrente, corresponde la aplicación
Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones aludidas por el recurrente, corresponde la aplicación de lo dispuesto por los arts. 271-2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., en virtud a la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la demandada, por auto de vista Nº 121/05 SSA-II
- Que, contra el auto de vista, la demandada interpone recurso de casación en el fondo
- Concluye solicitando se case el auto de vista y en consecuencia se declare improbada la
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, de la revisión de los antecedentes procesales, se
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- Por lo relacionado, no siendo evidentes las infracciones aludidas por el recurrente, corresponde la aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de Abogado, por no haberse cumplido el decreto de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
