Auto Supremo AS/1310/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1310/2006

Fecha: 22-Nov-2006

En efecto, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente


En efecto, no obstante lo expuesto, a objeto de verificar si lo denunciado es evidente o no, se tiene:

1) En el recurso de casación en el fondo, se aduce que el auto de vista interpretó errónea e indebidamente la ley, sin precisar la norma vulnerada, menos de qué manera, simplemente reitera los fundamentos de la apelación, señalando que no se tomó en cuenta el certificado de fs. 40; además al no haberse considerado ni aplicado las normas Básicas de Control Interno Gubernamental, aprobada mediante Resolución No. CGR-1/090/96, relativas a los sistemas de administración en el numeral 134.07 inc. f), y art. 1296 del Código Civil, se habría infringido las mismas; que el demandante cobró la renta de jubilación proveniente del Tesoro General de la Nación, desde el mes de mayo 1999 hasta octubre de 2000.

2) En el recurso de casación en la forma, en síntesis denuncia que la judicatura laboral no es competente para conocer la presente causa y, que se usurpó funciones de autoridades administrativas señaladas en el D.L. No. 11901, denunciando violación del art. 181 del citado decreto; reitera que el demandante no tiene derecho a demandar el pago de sueldos devengados, porque ya cobró el 100% de su renta de jubilación y que nadie puede percibir dos renumeraciones