En este marco, el recurso de nulidad o casación resulta incongruente, injustificable y carente de
II.- Resolviendo el recurso de casación en el fondo planteado por la empresa demandada, se establece que la recurrente no cumplió adecuadamente con los requisitos anteriormente descritos; en efecto, de la minuciosa revisión de dicho recurso, se advierte que no citó la violación, aplicación indebida o interpretación errónea de ninguna norma; además que, las denuncias vertidas en dicha impugnación no corresponden ser analizadas y resueltas a través del recurso de casación en el fondo, pues están relacionadas con la supuesta infracción de las formas esenciales que deben observarse en el trámite del proceso, específicamente en cuanto a la claridad, congruencia y exahustividad de las resoluciones.
En este marco, el recurso de nulidad o casación resulta incongruente, injustificable y carente de la adecuada técnica jurídica para la formulación de este recurso extraordinario, haciendo inviable su consideración porque impide a este Tribunal Supremo abrir su competencia
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En apelación formulada por la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Dicho fallo motivó que ambas partes interpongan recurso de nulidad y casación conforme se anota
- II
- Concluyó solicitando que se case o anule el auto de vista y se confirme la
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos de los recursos, corresponde verificar si es o
- Consiguientemente, a través del recurso de casación en la forma, no se pueden analizar y
- En este marco, el recurso de nulidad o casación resulta incongruente, injustificable y carente de
- III
- En la forma, la acusación se centra en la vulneración del art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
