Auto Supremo AS/1351/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1351/2006

Fecha: 12-Dic-2006

Ahora bien, en el marco de dichas atribuciones normativas, el Alcalde Municipal de Sucre suscribe


Ahora bien, en el marco de dichas atribuciones normativas, el Alcalde Municipal de Sucre suscribe un Convenio de Servicios para Médicos Familiares (literal de fs. 6) y que la cesación de la prestación de dichos servicios, se encuentra dentro de las atribuciones contenidas en el art. 44 inc. 12) de la Ley Nº 2028; consiguientemente, el demandante trabajó por convenio con la entidad Edil, en vigencia de la referida ley, que es de preferente aplicación en función del art. 5º de la L.O.J., y por ello no se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, de su D. R. de 23 de agosto de 1943, ni de sus disposiciones conexas, hecho fundamental, que fue advertido por el Tribunal de alzada, ejerciendo debidamente el control jurisdiccional de los actos del Juez a quo, porque solamente reconoció los derechos de aguinaldo y de la vacación que son derechos sociales consolidados