CONSIDERANDO II: Antes de ingresar al análisis del caso litigado, este Tribunal considera pertinente dejar
CONSIDERANDO II: Antes de ingresar al análisis del caso litigado, este Tribunal considera pertinente dejar establecido lo siguiente:
Que, a partir de la vigencia de la Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999, el personal que se incorpora a los Gobiernos Municipales son considerados en las categorías señaladas por el art. 59 de dicha ley, y en el presente caso de autos se ha dilucidado la pretensión respecto de la vacación y el aguinaldo del actor, que constituyen un derecho social consolidado al igual que los sueldos devengados, que alcanzan a todo trabajador, al estar tutelados por los arts. 7 inc. d), 156 y 157 de la C.P.E., constituyendo el trabajo la base del orden social y económico de la Nación
- DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por el demandante, por auto de vista Nº 378/2005 de
- Que, contra el auto de vista, ambas partes interponen por su orden recursos de casación
- Concluye solicitando incongruentemente, que los Ministros de la Corte Suprema, casen el auto de vista
- b) Por su parte, el demandante interpone recurso de casación en el fondo (fs
- Por lo que concluye solicitando se case el auto de vista y deliberando en el
- CONSIDERANDO II: Antes de ingresar al análisis del caso litigado, este Tribunal considera pertinente dejar
- a) En ese entendido, respecto del primer recurso de casación en el fondo interpuesto por
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos
- b) Con relación al recurso de casación en el fondo interpuesto por el demandante (fs
- Ahora bien, en el marco de dichas atribuciones normativas, el Alcalde Municipal de Sucre suscribe
- Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones denunciadas por el recurrente, corresponde resolver
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
