Auto Supremo AS/1407/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1407/2006

Fecha: 12-Dic-2006

CONSIDERANDO III: Que, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el


CONSIDERANDO III: Que, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo estar identificadas las causales señaladas en el art. 253 del Cód. Pdto. Civil; mientras que el recurso de casación en la forma, se funda en errores "in procedendo", referidas a la infracción de normas adjetivas incumplidas o mal aplicadas en la tramitación del proceso, enumeradas para cada caso en concreto, en el art. 254 de la citada norma, requisitos que no cumple el recurso motivo de examen