En grado de apelación, a instancia del representante de la empresa demandada, por auto de
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 54-57, interpuesto por José Luís Landívar Bowles, en su condición de Presidente del Directorio y en representación de la Asociación de Productores de Algodón "ADEPA", contra el auto de vista No. 443 de 4 de octubre de 2005 (fs. 48-49), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso laboral sobre beneficios sociales seguido por Oriel Mamani Mamani, contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 59,los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia No. 82 el 14 de mayo de 2005 (fs. 24-25), declarando probado el derecho demandado con costas, ordenando que la Asociación de Productores de Algodón ADEPA, a través de su personero legal, cancele al actor beneficios sociales, que ascienden a la suma de Bs. 9.143,57.-
En grado de apelación, a instancia del representante de la empresa demandada, por auto de vista No. 443 de 4 de octubre de 2005 (fs. 48-49), se confirmó en todas sus partes la sentencia apelada de 14 de mayo de 2005, con costas
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, a instancia del representante de la empresa demandada, por auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso de casación, en síntesis acusa lo siguiente
- II
- CONSIDERANDO III: Que, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el
- En efecto, no obstante lo expresado, dentro este marco legal, verificando si lo denunciado es
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
