En efecto, no obstante lo expresado, dentro este marco legal, verificando si lo denunciado es
En efecto, no obstante lo expresado, dentro este marco legal, verificando si lo denunciado es o no evidente, del análisis y compulsa, se colige:
I.- Con referencia a la casación en la forma, consta del expediente que los de instancia, a su turno, han realizado un prolijo análisis del proceso, observando que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad, de manera que los argumentos del recurso no son más que una reiteración a los planteados en la apelación, que además ya merecieron análisis y resolución por el tribunal de alzada. En todo caso, lo expresado en el recurso, es extemporáneo por haber precluido el derecho a reclamar, conforme previenen los arts. 3º inc. e) y 57 del Cód. Proc. Trab., por lo tanto no es posible alegar nuevas causas de nulidad por contravenciones que no hubieran sido reclamadas en los tribunales inferiores, por expresa prohibición del art. 258 inc. 3) del Cód. Pdto. Civil
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- En grado de apelación, a instancia del representante de la empresa demandada, por auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso de casación, en síntesis acusa lo siguiente
- II
- CONSIDERANDO III: Que, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el
- En efecto, no obstante lo expresado, dentro este marco legal, verificando si lo denunciado es
- Que, en ese marco legal, el tribunal de apelación realizó una adecuada interpretación y aplicación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
