CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 190-191, interpuesto por Ana Carola Landivar Chávez, en representación del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, contra el auto de vista Nº 297/2005-SSA-II de 8 de diciembre de 2005 (fs. 185), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso de reincorporación seguido por Indira Lizet Kizen Araoz, contra el Ministerio indicado, la respuesta de fs. 193-195, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 06/05 de 18 de enero de 2005 (fs. 158-162), declarando probada la demanda, determinando ha lugar a la reincorporación de la actora a sus funciones, con costas, disponiendo que la entidad demandada, cancele a la actora $US. 9.763.03.-, por concepto de sueldos devengados por inamovilidad, aguinaldo y vacación
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, interpuesta por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
- Concluyó indicado que no se pone en duda la vigencia y reconocimiento de la Ley
- CONSIDERANDO II: Que, antes de ingresar al análisis del recurso de nulidad, corresponde recordar que,
- La parte resolutiva debe contener la decisión adoptada para su cumplimiento obligatorio e inexcusable por
- II
- Tanto la sentencia, como el auto de vista, omitieron pronunciarse sobre dicho subsidio, incumpliendo las
- Todos estos aspectos evidencia la violación de normas adjetivas de cumplimiento obligatorio que ameritan determinar
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
