Auto Supremo AS/1444/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1444/2006

Fecha: 15-Dic-2006

e)


e).- Hecha la aclaración precedente, queda claro que el auto de vista recurrido, protegiendo supuestamente la propiedad de las mentadas aportaciones del demandante, dispone su devolución mediante un pago único y total, excluyendo al actor, del alcance del art. 43 del D.S. Nº 26069 de 9 de febrero de 2001 (cuya vigencia es anterior a las solicitudes de fs. 3 y 4, que el actor dirigiera en 2 de enero y 9 de febrero de 2004 a la entidad demandada), bajo la afirmación de que en su "condición de jubilado si puede acceder a una devolución total" por no darse en su caso particular, las circunstancias descritas en los incs. a) y b) de su texto, atribuyéndose funciones legislativas para resolver una situación excepcional, no regulada en particular por el referido art. 43 D.S. Nº 26069, provocada por el propio demandante que reincorporado a la actividad privada, debió en su caso renunciar a la renta para su recalificación o solicitar en forma expresa y voluntaria su decisión de no seguir cotizando al Seguro Social Obligatorio, por ser tales cotizaciones inconducentes al reconocimiento de una doble nueva renta