Concluye manifestando que la norma cuya inconstitucionalidad se demanda, viola los principios de equilibrio procesal,
4º.- Manifiesta que, en base al antecedente precedente se establece una desigualdad entre los contribuyentes de la capital de un departamento y de los del interior de la República, existiendo un desequilibrio procesal que favorece a la administración tributaria, resultando arbitrario que a momento de redactar el Código Tributario, el legislador restringió el término de la distancia, lesionándose el derecho a la tutela de la igualdad jurídica de las personas.
Concluye manifestando que la norma cuya inconstitucionalidad se demanda, viola los principios de equilibrio procesal, igualdad ante la ley y debido proceso, sin tomar en cuenta el lugar del domicilio del contribuyente que por razones de distancia se encuentra en desventaja frente a aquel que tiene su domicilio en el lugar donde existe una oficina de la Superintendencia Tributaria General
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- CONSIDERANDO: Que, en el memorial cursante a fojas 68-73, la representante legal de la demandante
- 2º
- 3º
- Que, contra la Resolución que resolvió el Recurso de Alzada pronunciada por la Intendencia Tributaria
- Concluye manifestando que la norma cuya inconstitucionalidad se demanda, viola los principios de equilibrio procesal,
- CONSIDERANDO: Que, por decreto de fojas 75, se corre traslado con la demanda incidental de
- Finalmente, la respuesta señala que, la Resolución del Recurso Jerárquico a través de la Resolución
- CONSIDERANDO: Que, así establecidos los antecedentes del Recurso Incidental de Inconstitucionalidad interpuesto por Jannine Forgues
- Del análisis de antecedentes, se observa que en autos se dio cabal cumplimiento a los
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Complementado el decreto de fojas 75, se reconoce la personería de Jaime Araujo Camacho en
- Regístrese
- Firmado: Carlos Bernal Tupa
