Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
- CONSIDERANDO: que la Ley Nº 1970, ha modificado el sistema de recursos extraordinarios, diferenciando casación
- CONSIDERANDO: que a través de los recursos interpuestos, se impugna el Auto de Vista Nº
- II
- CONSIDERANDO: que del examen de los recursos interpuestos a efecto de determinar su admisibilidad, se
- El artículo 416 in fine del Ritual Penal, señala que: "Se entenderá que existe contradicción,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, doce de junio de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
