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2.- Que tampoco el Tribunal de alzada tomó en cuenta la no existencia de "daño causado" ya que el vehículo no fue alzado menos vendido, y al no existir delito menos puede existir pena alguna
- Alzamiento de bienes y otro
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe cumplir con los requisitos
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- Por lo que corresponde su admisión
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención
- Sucre, diecisiete de agosto de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
