Auto Supremo AS/0310/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0310/2006

Fecha: 25-Ago-2006

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención del Dr. Julio Ortiz Linares, Ministro de la Sala Civil, convocado al efecto, con la facultad conferida por el artículo 59 inciso 2) de la Ley de Organización Judicial, aplicando el artículo 423 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de revisión de sentencia deducido, salvando el derecho que le asigna el artículo 427 del referido cuerpo legal