Auto Supremo AS/0613/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0613/2006

Fecha: 10-Ago-2006

Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contendida por el art. 60 inc. 1) de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 183-186, con la modificación que de la liquidación practicada en el auto de vista, de los beneficios sociales a ser cancelados a favor del actor, debe descontarse como pagos a cuenta el importe total de $US. 2.050.00.-; y no $US. 1.500.00-, como erradamente se consignó en dicha liquidación. Sin costas por la modificación.

Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio