CONSIDERANDO: La sentencia pronunciada por el Juez de Partido en lo Civil de la ciudad
PARTES : Empresa "Tahuamanu" c/ Emilio Roca Antelo.
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez..
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 198-201, por Empresa Tahuamanu, representada por Guillermo Tórrez López y Yovana Mendoza Roa contra el auto de vista de fs. 193 a 195, pronunciado en fecha 21 de enero de 2004, por la Sala Civil de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, en el ordinario sobre resolución de contrato, devolución de dineros y pago de daños y perjuicios, que sigue la empresa recurrente contra Emilio Roca Antelo, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: La sentencia pronunciada por el Juez de Partido en lo Civil de la ciudad de Cobija, declara improbada la demanda planteada por la Empresa Tahuamanu S.A., por haber cumplido el comprador con la entrega de castaña vendida. Fallo de primera instancia que en apelación, es confirmado totalmente por auto de vista de fs. 193 a fs. 195, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Social, de la Niñez y Adolescencia y Familia de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando
- DISTRITO : Pando PROCESO: Ordinario - Resolución de Contrato y otros
- CONSIDERANDO: La sentencia pronunciada por el Juez de Partido en lo Civil de la ciudad
- Contra la resolución de vista, la Empresa demandante recurre en casación en el fondo, acusando
- Acusa también que se ha violado la norma prevista por el art
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, este Tribunal Supremo no encuentra que los
- Respecto, a la violación de normas contenidas en el Código de Comercio, el tribunal ad
- Al respecto, el art
- En cuanto a la violación de los arts
- En cuanto a la acusada violación del art
- Finalmente, respecto a la violación del art
- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 8 de septiembre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
