CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, este Tribunal Supremo no encuentra que los
CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, este Tribunal Supremo no encuentra que los de grado hubieren incurrido en la violación de las normas acusadas en su recurso, habida cuenta que la prueba aportada a obrados por parte del demandado ha desvirtuado la acción interpuesta en su contra, al haber acreditado la entrega de la castaña a la empresa demandante con los recibos N° 00131, 1812, 0092, 000134, 1757, 000301, 00316, 0444, 040, 000103, 000108, 1553, 00294, 000113, 000056, 000011, 000038, 000025, 000037, 000317, 000107, 000415, 000164, 000272, 000176, 000156, 000159, 1294, 1446, 0494, 1261, 0395, 0008, 00042, 0023, 00001, 000801, 000184, 00312, 00311, 00156, 000198, 000376, 000829, 000131, 0624, 00314, 0650, 0638, 0964, 0782, 0886, 1064, 0540, 89, 0326, 625, 107, 000301, 503, 136, 000130, 000159, 527, 00605, 1334, 00410, 000253, 1393, 1281, 000165, 339, 187, 0608 y 689
- DISTRITO : Pando PROCESO: Ordinario - Resolución de Contrato y otros
- CONSIDERANDO: La sentencia pronunciada por el Juez de Partido en lo Civil de la ciudad
- Contra la resolución de vista, la Empresa demandante recurre en casación en el fondo, acusando
- Acusa también que se ha violado la norma prevista por el art
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, este Tribunal Supremo no encuentra que los
- Respecto, a la violación de normas contenidas en el Código de Comercio, el tribunal ad
- Al respecto, el art
- En cuanto a la violación de los arts
- En cuanto a la acusada violación del art
- Finalmente, respecto a la violación del art
- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 8 de septiembre de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
