Por otra parte, Eliseo Rodríguez Capsupa, refiere errónea determinación de la pena al no haberse
Por otra parte, Eliseo Rodríguez Capsupa, refiere errónea determinación de la pena al no haberse considerado: la finalidad de la pena, el principio de proporcionalidad, los elementos normativos, subjetivos y pasos para la fijación de la pena y en consecuencia existiría disparidad en la aplicación de la pena impuesta por el Auto de Vista recurrido, con relación a otro de similares características, citando como precedente contradictorio el Auto de Vista Nº 201/04, motivo y fundamentos, que observan la previsión de la norma adjetiva penal a efecto de hacer admisible el recurso planteado
- CONSIDERANDO: que los memoriales de recurso interpuestos, a su turno fundamentan lo siguiente
- 2
- Ambos recurrentes se ratifican e invocan en calidad de precedentes contradictorios el Auto Supremo Nº
- CONSIDERANDO: que del análisis de los recursos de fojas 158 a 160 y 170 a
- Por otra parte, la denuncia de que la resolución impugnada podría incurrir en errónea aplicación
- Por otra parte, Eliseo Rodríguez Capsupa, refiere errónea determinación de la pena al no haberse
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre, trece de septiembre de dos mil seis
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
