Auto Supremo AS/0731/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0731/2006

Fecha: 06-Sep-2006

CONSIDERANDO: Que, de la revisión del expediente, se tiene


CONSIDERANDO: Que, de la revisión del expediente, se tiene:

Que la demandante alegó haber prestado servicios bajo dependencia de la entidad demandada a partir del 12 de junio del año 2000, hasta el 7 de noviembre del mismo, oportunidad en la que fue retirada sin considerar su estado de embarazo y, consiguientemente amparada por la Ley 975 de 2 de mayo de 1988, por lo que demandó el pago del desahucio, indemnización, subsidios y sueldos correspondientes a un año de trabajo por efectos de la citada ley 975