En Sentencia (fs
En Sentencia (fs. 219-220), se declaró probada la demanda, disponiéndose el pago de la suma de Bs. 21.029,00 por concepto de Indemnización, desahucio, aguinaldo, sueldos devengados y subsidio de natalidad, sin embargo, omitiendo liquidar lo correspondiente al subsidio de lactancia, señalando que deben ser otorgados en productos lácteos o su equivalente en dinero
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO: Que el recurso acusa
- Violación del art
- En base a lo anteriormente expuesto, el recurrente solicita que este tribunal se pronuncie casando
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del expediente, se tiene
- En Sentencia (fs
- El Tribunal de Apelación, a fs
- Sobre este particular, se debe recordar que, toda resolución jurisdiccional es y debe ser una
- En el caso, por una parte, el tribunal de apelación al declarar improbada la demanda,
- En consecuencia, encontrándose probadas las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación del art
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Para resolución, interviene la Ministra de la Sala Civil, Dra
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
