En el caso, por una parte, el tribunal de apelación al declarar improbada la demanda,
En el caso, por una parte, el tribunal de apelación al declarar improbada la demanda, negó el derecho de la actora al desahucio y la indemnización, sin exponer las razones por la cuales consideró que no le asistían esos derechos, mas aún, ni si quiera los mencionó en su resolución, limitándose a señalar que "los elementos obrantes no permiten advertir si tal nacimiento se produjo", lo que no puede tenerse como fundamento racional y coherente, por cuanto aquellos conceptos emergen a consecuencia del retiro intempestivo y por causas no imputables al trabajador; así lo establecen los arts. 12 y 13 L.G.T., sin tomar en cuenta que la demandante fue despedida de su fuente de trabajo en el quinto mes del período de gestación; siendo así, no correspondía revocar la sentencia de primera instancia
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO: Que el recurso acusa
- Violación del art
- En base a lo anteriormente expuesto, el recurrente solicita que este tribunal se pronuncie casando
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del expediente, se tiene
- En Sentencia (fs
- El Tribunal de Apelación, a fs
- Sobre este particular, se debe recordar que, toda resolución jurisdiccional es y debe ser una
- En el caso, por una parte, el tribunal de apelación al declarar improbada la demanda,
- En consecuencia, encontrándose probadas las infracciones acusadas en el recurso, corresponde dar aplicación del art
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Para resolución, interviene la Ministra de la Sala Civil, Dra
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
