En grado de apelación, formulada por ambas partes, previa nulidad determinada por auto de vista
En grado de apelación, formulada por ambas partes, previa nulidad determinada por auto de vista de fs. 51, mediante auto de vista Nº 080 de 12 de marzo de 2004 (fs. 64-65), se confirma la sentencia, "con costas"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por ambas partes, previa nulidad determinada por auto de vista
- Que, contra el auto de vista, la codemandada Cristina Guzmán Quispe de Laura interpone recurso
- Por su parte, el actor a tiempo de responder el recurso formulado por la codemandada,
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En el caso presente, respecto del recurso de casación en el fondo, formulado por la
- El recurso de casación en el fondo, formulado por el actor, refiere que a tiempo
- Ambos recursos ignoran que el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se aclara igualmente que al haber sido ambas partes recurrentes, no se sanciona con costas
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
