POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., CASA el auto de vista de fs. 807-808 y, deliberando en fondo declara probada la demanda de fs. 6-7, complementada a fs. 9 y 11, y dispone, sin lugar a la reincorporación pretendida; el pago por la entidad demandada a favor de la actora los beneficios y subsidios siguientes:
Salario indemnizable: Bs.- 8.320.-
Desahucio 3 meses Bs.- 24.960.-
Indemnización por 9 meses y 27 días Bs.- 6.864.-
Aguinaldo por duodécimas Bs.- 6.864.-
Subsidio Prenatal 5 meses Bs.- 2.000.-
Subsidio de Natalidad 1 mes Bs.- 400.-
Subsidio de Lactancia 12 meses Bs.- 4.800.-
Total General Bs.- 45.888.-
Sin responsabilidad por ser excusable.
Para resolución, según convocatoria de fs. 825, interviene el Ministro de la Sala Civil, Dr. Julio Ortiz Linares
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 720/2004 de 5 de abril de
- Que, contra el auto de vista, la demandante interpone recurso de casación en el fondo
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido, determinando su reincorporación a su fuente
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se
- a) Que, la demandante se encontraba en estado de gravidez con un tiempo de gestación
- b) Que, a fs
- En el caso presente, no obstante de que el Directorio de la Cooperativa demandada, tomó
- 4
- Por lo que queda abierta la competencia de este Tribunal Supremo para resolver el recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
