Auto Supremo AS/0868/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0868/2006

Fecha: 28-Sep-2006

En el caso presente, la parte demandada, no desvirtuó los fundamentos de la demanda, porque


En el caso presente, la parte demandada, no desvirtuó los fundamentos de la demanda, porque no presentó los documentos por los que se acredite que la demandante se retiró voluntariamente de su fuente laboral, por ello, el hecho de haberse considerado el documento de fs. 46, no vulnera ni el art. 1.311 del Cód. Civ., ni el 161 del cód. Proc. Trab., más aún si en el recurso de apelación, la parte recurrente, no negó el valor a dicho documento, por el contrario aseveró que el hecho de haberse emitido dicho memorándum, no implica necesariamente el despido de la demandante, circunstancia que constituye un reconocimiento de su emisión y demuestra que en el cargo que ocupaba la demandante se nombró a otra persona, que conlleva un despido indirecto, porque implica que sería removida sin comunicación previa