CONSIDERANDO: La sentencia de fs
PARTES : Alcira Rioja de Lazarte y otro c/ Salomé Pérez Arandia
MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuesto a fs. 348-349 por Salomé Pérez Arandia, contra el auto de vista N° 8/19-02-04, pronunciado el 19 de febrero de 2004 por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior de Distrito Judicial de Cochabamba, en el ordinario sobre mejor derecho de propiedad y reivindicación, que sigue Alcira Rioja de Lazarte y Mario Lazarte Guzmán contra la recurrente, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: La sentencia de fs. 308 a 309, pronunciada por el Sr. Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba, declara probada la demanda principal y las excepciones perentorias opuestas a fs. 86 e improbada la demanda reconvencional, declarando el mejor derecho de propiedad de los esposos Mario Lazarte Guzmán y Alcira Rioja Espinoza de Lazarte, sobre el lote de terreno N° 1 de la Urbanización "Dora Halker" de 215 mts.2, ordenando que la Sra. Salomé Pérez Arandia restituya el mismo a su propietario en el plazo de 15 días
- DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - Mejor derecho de propiedad y otro
- CONSIDERANDO: La sentencia de fs
- Fallo de primera instancia que en apelación, es confirmado en forma total por la Sala
- Contra la resolución de vista, la demandada Salomé Pérez Arandia, recurre de casación en el
- CONSIDERANDO: Que la acción reivindicatoria, prevista en el art
- Derecho de propiedad que se recoge en el art
- En efecto, el solo hecho de contar con un título de propiedad, le otorga al
- Que, de la revisión de los obrados en función al recurso de casación interpuesto y
- Finalmente, en cuanto a la fecha de inscripción en Derechos Reales de los títulos de
- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 8 de enero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
