Contra la resolución de vista, la demandada Salomé Pérez Arandia, recurre de casación en el
Contra la resolución de vista, la demandada Salomé Pérez Arandia, recurre de casación en el fondo, sosteniendo que los demandantes no han cumplido con el requisito esencial para la procedencia de la acción real de reivindicación, cual es la posesión en el inmueble y por el contrario su persona tiene la posesión por más de 10 años en forma pública y continuada. Acusa también que se ha violado el art. 22 de la C.P.E. y el art. 105 del Código Civil que garantizan el ejercicio pleno del derecho de propiedad, derecho que le fue conferido en su favor a través de su título de propiedad
- DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - Mejor derecho de propiedad y otro
- CONSIDERANDO: La sentencia de fs
- Fallo de primera instancia que en apelación, es confirmado en forma total por la Sala
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- CONSIDERANDO: Que la acción reivindicatoria, prevista en el art
- Derecho de propiedad que se recoge en el art
- En efecto, el solo hecho de contar con un título de propiedad, le otorga al
- Que, de la revisión de los obrados en función al recurso de casación interpuesto y
- Finalmente, en cuanto a la fecha de inscripción en Derechos Reales de los títulos de
- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 8 de enero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
