Auto Supremo AS/0010/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0010/2007

Fecha: 08-Ene-2007

En efecto, el solo hecho de contar con un título de propiedad, le otorga al


En efecto, el solo hecho de contar con un título de propiedad, le otorga al propietario el corpus y el ánimus sobre la cosa, ejerciendo el uso, goce y disposición sobre aquélla, facultándole además, el derecho de reivindicar la cosa de manos de un tercero, así el demandante no hubiere estado en posesión material de la cosa en litigio. De esta manera el derecho de propiedad se diferencia de las acciones posesorias, pues en esta última sí se requiere la posesión física o corporal por parte de quien la invoca, lo que no sucede con el derecho de propiedad