Finalmente, en cuanto a la fecha de inscripción en Derechos Reales de los títulos de
Finalmente, en cuanto a la fecha de inscripción en Derechos Reales de los títulos de propiedad de las partes, debemos dejar claramente establecido que el derecho propietario de los demandantes Lazarte-Rioja, sobre el terreno en litigio, se halla inscrito en Derechos Reales bajo la Partida N° 411 del Libro 1° "B" de propiedad del Cercado, en fecha 23 de febrero de 1991, mientras que el derecho propietario de la demandada y recurrente Sra. Salomé Pérez Arandia, fue registrado en Derechos Reales, bajo la Partida N° 193 del Libro 1° "B" de propiedad de la Provincia Cercado en fecha 23 de enero de 1992. Consiguientemente no es cierto que su título de propiedad hubiere sido registrado en Derechos Reales primero que el registro de los demandantes como afirma en su recurso
- DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - Mejor derecho de propiedad y otro
- CONSIDERANDO: La sentencia de fs
- Fallo de primera instancia que en apelación, es confirmado en forma total por la Sala
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- Por lo expuesto y no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso, corresponde a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 8 de enero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
