CONSIDERANDO: Que, el art
CONSIDERANDO: Que, el art. 15 de la Ley de Organización Judicial otorga al Tribunal Supremo la facultad de fiscalizar los procesos que llegan a su conocimiento a objeto de verificar si en ellos se observaron las formas esenciales que hacen eficaz a un proceso de conocimiento y fundamentalmente que las resoluciones que contenga, sean útiles en derecho y guarden la seguridad jurídica que las partes buscan a través de aquél
- cesión de tierras en custodia y otros
- CONSIDERANDO: Que, el auto de vista de fs
- En consecuencia, dispuso la nulidad del instrumento notarial N° 280/89 extendido por la Notaría de
- Contra la resolución de vista, el H
- Sostiene que no se tomó en cuenta que la cesión a favor de la Alcaldía
- Cita los arts
- Señala que la cesión que se realiza a favor del Consejo del ex Plan Regulador
- Por lo que acusa que los vocales de la Sala Civil Primera, al confirmar la
- Finalmente acusa que la resolución de vista otorga más de lo pedido ya que el
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En función a esta facultad fiscalizadora, y de la revisión de los obrados, se evidencia
- Lo que significa que la escritura pública que contiene el contrato de cesión de tierras,
- De lo expuesto, se infiere que la demanda de nulidad de cesión de tierras y
- En ese orden, el art
- CONSIDERANDO: Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más
- Que, la integración a la litis de los demandados se impone a los efectos del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 29 de octubre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
