Lo que significa que la escritura pública que contiene el contrato de cesión de tierras,
Lo que significa que la escritura pública que contiene el contrato de cesión de tierras, cuya nulidad se demanda se ha concertado entre Sonia Valdivia de Sanjinés y el Consejo del Plan Regulador, en fecha 17 de noviembre de 1989, así el mismo hubiere sido suscrito por el apoderado de la cedente Sonia Valdivia de Sanjinés y que responde al nombre de José Alberto Ovando Arteaga, por cuanto éste actuó a nombre de aquélla. Sin embargo, la acción que nos ocupa, planteada por el demandante Ludwing Martín Lothar Schmidt Ovando, ha sido interpuesta contra el apoderado José Alberto Ovando Arteaga y no contra la cedente Sonia Valdivia de Sanjinés, contra quien en definitiva debe intentarse la demanda de nulidad de la escritura pública y de ninguna manera contra su apoderado, quien únicamente ejercitó el mandato encomendado por su mandante, a la sazón Sonia Valdivia de Sanjinés
- cesión de tierras en custodia y otros
- CONSIDERANDO: Que, el auto de vista de fs
- En consecuencia, dispuso la nulidad del instrumento notarial N° 280/89 extendido por la Notaría de
- Contra la resolución de vista, el H
- Sostiene que no se tomó en cuenta que la cesión a favor de la Alcaldía
- Cita los arts
- Señala que la cesión que se realiza a favor del Consejo del ex Plan Regulador
- Por lo que acusa que los vocales de la Sala Civil Primera, al confirmar la
- Finalmente acusa que la resolución de vista otorga más de lo pedido ya que el
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En función a esta facultad fiscalizadora, y de la revisión de los obrados, se evidencia
- Lo que significa que la escritura pública que contiene el contrato de cesión de tierras,
- De lo expuesto, se infiere que la demanda de nulidad de cesión de tierras y
- En ese orden, el art
- CONSIDERANDO: Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más
- Que, la integración a la litis de los demandados se impone a los efectos del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 29 de octubre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
