En consecuencia, dispuso la nulidad del instrumento notarial N° 280/89 extendido por la Notaría de
En consecuencia, dispuso la nulidad del instrumento notarial N° 280/89 extendido por la Notaría de Hacienda Departamental en fecha 17 de noviembre de 1989, consistente en Escritura sobre Cesión de Tierra en Custodia de una superficie de 3.097.53 mts.2, suscrito por José Alberto Ovando Arteaga, en representación de Sonia Valdivia de Sanjinés, a favor del Consejo del Plan Regulador. La cancelación del registro en Derechos Reales, bajo la partida N° 803, del libro 1° de Anotaciones Preventivas de la capital, en fecha 23 de noviembre de 1989 y de la inscripción definitiva registrada bajo la partida computarizada No. 010190617 de 4 de octubre de 1994, asimismo que los daños y perjuicios se cuantificarán en ejecución de sentencia
- cesión de tierras en custodia y otros
- CONSIDERANDO: Que, el auto de vista de fs
- En consecuencia, dispuso la nulidad del instrumento notarial N° 280/89 extendido por la Notaría de
- Contra la resolución de vista, el H
- Sostiene que no se tomó en cuenta que la cesión a favor de la Alcaldía
- Cita los arts
- Señala que la cesión que se realiza a favor del Consejo del ex Plan Regulador
- Por lo que acusa que los vocales de la Sala Civil Primera, al confirmar la
- Finalmente acusa que la resolución de vista otorga más de lo pedido ya que el
- CONSIDERANDO: Que, el art
- En función a esta facultad fiscalizadora, y de la revisión de los obrados, se evidencia
- Lo que significa que la escritura pública que contiene el contrato de cesión de tierras,
- De lo expuesto, se infiere que la demanda de nulidad de cesión de tierras y
- En ese orden, el art
- CONSIDERANDO: Que, el litisconsorcio sea activo o pasivo, importa el interés de dos o más
- Que, la integración a la litis de los demandados se impone a los efectos del
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 29 de octubre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
