Por lo que, pide a éste Alto Tribunal dejar sin efecto el Auto de Vista
Invoca como precedentes contradictorios independientemente del Auto de Vista Nº 358 de 2 de octubre de 2004 anunciado en el recurso de apelación restringida, los Autos de Vista Nº 133 de 20 de junio de 2005 y Nº 24 de 24 enero de 2007 y el Auto Supremo Nº 166 de 12 de mayo de 2005.
Por lo que, pide a éste Alto Tribunal dejar sin efecto el Auto de Vista recurrido
- AUTO SUPREMO: Nº 490 Sucre, 4 de octubre de 2007
- Sucre, 4 de octubre de 2007
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Tercero de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz mediante Sentencia
- CONSIDERANDO: Que, Víctor Hugo Montes Colque mediante recurso de casación impugna el Auto de Vista
- Además sobre el mismo considerando señala, en cuanto a la determinación de la pena, que
- Respecto al 4to
- Concerniente al 5to
- Finalmente, señala que en el análisis integral del juicio oral, la interpretación de los delitos
- Por lo que, pide a éste Alto Tribunal dejar sin efecto el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: Que a efectos de la admisión del recurso de casación, los sujetos procesales deben
- Asimismo, el Máximo Tribunal no puede soslayar el hecho de que en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
