Auto Supremo AS/0512/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0512/2007

Fecha: 11-Oct-2007

Cumpliendo lo determinado en el fallo aludido, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior


Cumpliendo lo determinado en el fallo aludido, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, el 8 de diciembre de 2006, pronunció el auto de vista No. 94/2006 (fs. 692-698 vta.), declarando improcedentes los recursos de apelación restringida interpuestos por Walter Osinaga Zambrana y Oscar Willy Jaen Antezana, sin embargo, con la facultad conferida por el art. 414 del Código de Procedimiento Penal, modificó el tiempo de condena impuesto a los anteriormente nombrados de 4 a 3 años de privación de libertad, manteniendo subsistentes los demás datos de la sentencia de primera instancia con relación a dichos imputados. Del mismo modo, con relación a Tomás Luciano Velasco Zeballos, revocó la sentencia absolviéndole de pena y culpa de los delitos de incumplimiento de deberes, encubrimiento, omisión de denuncia y uso indebido de influencias previstos en los arts. 154, 171, 178 y 146 del Código Penal, por existir duda razonable que da lugar a la aplicación del principio "in dubio pro reo" conforme al art. 363 numerales 1) y 2) del Código de Procedimiento Penal. Finalmente, confirmó la sentencia absolutoria pronunciada a favor de Carlos Gonzalo Butrón Sánchez