Auto Supremo AS/0525/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0525/2007

Fecha: 27-Oct-2007

Por último, el A


Por último, el A.S. cursante en la G.J. Nº 1098, p. 80, referido a la calumnia, señalando que, no se ha vulnerado la seguridad jurídica y el debido proceso previstos en los arts. 7.a y 16.IV de la Constitución Política del Estado, con la sentencia de absolución dictada a favor suyo. Porque el querellante puede repetir por una sola vez su querella conforme el art. 376 del Código de Procedimiento Penal