Auto Supremo AS/0537/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0537/2007

Fecha: 16-Oct-2007

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso, se deja establecido que no corresponde la consideración del recurso de casación en la forma porque no cumple con los requisitos previstos en el Art. 258 del Cód. Pdto. Civ., dada su incongruente e incompleta formulación, correspondiendo, únicamente, el análisis del recurso en el fondo; a tal efecto, se concluye:

Que, el auto de vista recurrido confirma la sentencia de Fs. 206-207, ratificando así los beneficios sociales indemnizaciones emergentes del accidente de trabajo sufrido por el trabajador, beneficios que se determinaron en la sentencia de grado, en los montos y porcentajes establecidos conforme la previsión de los Arts. 12, 13 de la L.G.T., 91 y 97 de su D.R., toda vez que los derechos del demandante no prescribieron, brindando así la tutela efectiva de los derechos del trabajador que son irrenunciables por imperio del los Arts. 162 de la C.P.E., 4º de la L.G.T. y los principios consagrados en el Art. 3º incs. g), h), j) del Cód. Proc. Trab., que orientan el proteccionismo de las leyes laborales vigentes