En grado de apelación, formulada por el representante de la administración tributaria, mediante memorial de
En grado de apelación, formulada por el representante de la administración tributaria, mediante memorial de fs. 233-235, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por Auto de Vista Nº 018/2005 de 22 de agosto de 2005 (fs. 282-283), confirmó la sentencia apelada empleando un razonamiento diferente en cuanto a la prescripción determinada por el juez de primera instancia, concluyendo en definitiva, que la aludida prescripción fue interrumpida por la presentación de descargos consistentes en comprobantes de pago cancelados el 24 de noviembre de 1997
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero de Partido Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación, formulada por el representante de la administración tributaria, mediante memorial de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- Con estos argumentos solicitó se case el auto de vista recurrido y se declare la
- En efecto, la entidad recurrente de manera general anunció la interposición tanto del recurso de
- Ciertamente en el auto de vista recurrido, se determinó que la prescripción quedó interrumpida en
- En consecuencia, el recurso interpuesto deviene en infundado, debiendo darse aplicación a las previsiones contenidas
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
