II.- En consecuencia, ingresando a considerar lo expuesto en el recurso, se colige lo siguiente
II.- En consecuencia, ingresando a considerar lo expuesto en el recurso, se colige lo siguiente:
1).- Lo más importante para la Administración Tributaria en el presente proceso, es la calificación de la conducta del contribuyente que, según manifiestan, causa agravios al Estado, siendo de esta manera una situación injusta para el contribuyente, máxime si se ha comprobado que éste cancela el adeudo tributario, antes de la determinación de los tributos omitidos, por lo que, en virtud a este acto de transparencia en los ejecutivos de la empresa, corresponde sancionar con el 50%, por no haber concurrido los elementos que agravan su responsabilidad tributaria, como lo es el dolo y la culpa
- PARTES: Manufacturas de Algodón S.A. c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrito La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que interpuesta la demanda por ante el Juzgado de Partido Segundo en lo
- En grado de Apelación, a instancia de la Administración Tributaria, el Tribunal de Alzada dictó
- Este fallo motivó el recurso de casación, cursante a Fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo acusado es evidente o no,
- La presentación de facturas por compras que no hacen a la actividad de la empresa,
- 2)
- II.- En consecuencia, ingresando a considerar lo expuesto en el recurso, se colige lo siguiente
- Que, en ese marco legal se concluye que el Auto de Vista, se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
