CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda contencioso tributaria de fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 161-163, interpuesto por Juan Carlos Edmundo Maldonado Benavidez, Gerente Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, contra el Auto de Vista No. 010/05 SSA-III de 14 de enero de 2005 (fs. 143), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso contencioso tributario que sigue la empresa MARACO S.R.L., representada por Rubén Torrez Copa contra la entidad recurrente, el dictamen de fs. 169-170, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda contencioso tributaria de fs. 18-22 (del legajo adjunto), por Rubén Torrez Copa, en representación de la empresa MARACO S.R.L., impugnando los Pliegos de Cargo Nos. 307/98 y 1663/99, la Jueza 2do. Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de La Paz dictó el Auto Interlocutorio No. 01/2004 de 10 de enero de 2004 de fs. 119-123, declarando probada la excepción dilatoria de falta de competencia opuesta por el sujeto activo en relación a la vista de cargo 326193, resolución determinativa 238/94, resolución administrativa 212/97 y pliego de cargo 307/98 e improbada la excepción de falta de competencia interpuesta por el sujeto activo, conminando con relación al trámite de la Vista de Cargo 033/97, resolución determinativa No. 112/97 y Pliego de Cargo No. 1663/99 a responder la demanda en el término señalado por el art. 241 del Código Tributario acompañando los antecedentes conforme dispone el art. 215 del Cód. Trib
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda contencioso tributaria de fs
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó, el recurso de casación (en parte) en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso ingresando a su análisis se establece
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- Que, en ese marco legal, corresponde resolver el recurso planteado, en la forma prevista en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Para la resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
