POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el Art. 60 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, Arts. 271, numeral 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, en desacuerdo con el dictamen Fiscal de Fs.126-127, declara INFUNDADO el recurso de casación de Fs. 115-117 de obrados. Sin costas, en aplicación a lo determinado en el Art. 39 de la Ley Nº 1178, (SAFCO)
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Reclamación de Pensiones
- PARTES: René Gonzáles Marín c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas de la
- Formulado el recurso de reclamación, por el beneficiario (Fs
- En grado de apelación interpuesto por el ahora demandante (Fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el Servicio Nacional
- c) Argumenta también que el parágrafo quinto del segundo considerando del auto de vista, señala:
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo acusado es evidente o no,
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Sucre, 29 de noviembre de 2007
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
