POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto a fs. 179 a 180, con costas. Se regula el honorario de abogado en la suma de bolivianos quinientos que mandará hacer efectivo el tribunal de alzada
- CONSIDERANDO: El Juez 7º de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de
- Resolución del inferior que es confirmada por el Tribuna ad quem, motivando que el demandado
- Finalmente agrega que el tribunal de segunda instancia deliberadamente vulnera y transgrede lo dispuesto por
- CONSIDERANDO: Revisados los obrados en función al recurso de casación planteado, se llega al convencimiento
- En efecto, en autos la actora Carmen Yashuco Kiyuna de Alvarado, ha demostrado que en
- Por su parte, el demandado Freddy Norman Montalvo Ríos, ha demostrado que el 20 de
- Que, el art
- En autos, si la actora anotó preventivamente su terreno en el registro de Derechos Reales,
- De lo expuesto se infiere que el tribunal de alzada no ha violado ninguna disposición
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 3 de diciembre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
