CONSIDERANDO II: Que este recurso, cursante a Fs
CONSIDERANDO II: Que este recurso, cursante a Fs. 80-82 de obrados, a lo largo de su contenido se aboca al análisis de las resoluciones de instancias, impugnando la definición de ellas de atribuir al contrato suscrito con el actor, a plazo fijo la calidad de uno de plazo indefinido; invocando el Art. 1º del D.S. No. 16187 y la R.M. No. 283/62; normas que no las acusa formalmente de infringidas y sobre cuyo contenido especula, refiriendo que la primera establece que el contrato de trabajo podrá ser escrito u oral y de plazo indefinido o fijo y, la segunda que prevé que el contrato de plazo determinado no puede exceder de un año; concluyendo que el que se suscribió con el actor, por 6 meses, entre el 6 de enero y el 30 de junio de 1998, no puede haber operado la tácita reconducción y que, lo que correspondía en justicia era que se demande los otros 6 meses de vigencia, como se opera en estos casos; por lo que no corresponde el reconocimiento de beneficios sociales
- AUTO SUPREMO Nº 617 - Social Sucre, 15 de diciembre de 2007
- Que apelada la sentencia a Fs
- Auto de vista contra el que, el antes citado apoderado legal de la Comuna de
- CONSIDERANDO II: Que este recurso, cursante a Fs
- Finaliza señalando que en los fallos de instancias se ha llegado a conclusiones erradas, pretendiendo
- Siendo los aspectos legales mencionados evidentes piden se remitan los de materia ante la Sala
- CONSIDERANDO III: Que, de la relación anterior, se concluye que el contrato de trabajo suscrito
- En el análisis del caso y sus antecedentes debe tenerse presente que la R
- En el marco de la definición legal anterior, queda claro como hecho no controvertido en
- Recurso que por otra parte, resulta incongruente si confunde las previsiones legales de los Arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 15 de diciembre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
