Auto Supremo AS/0617/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0617/2007

Fecha: 15-Dic-2007

Recurso que por otra parte, resulta incongruente si confunde las previsiones legales de los Arts


Que la invocación, referencia y/o cita del Art. 1º del D.S. No. 16187, resulta impertinente al caso de autos, si no están en conflicto las formas de celebración del contrato de trabajo, por lo que no corresponde al Tribunal pronunciarse al respecto.

Recurso que por otra parte, resulta incongruente si confunde las previsiones legales de los Arts. 271 y 237del adjetivo civil al pedir simultáneamente del Tribunal Supremo casación y revocatoria de las resoluciones de instancia, teniendo presente que la primera es forma de resolución atribuida al Tribunal de Casación y, la segunda, al juez o tribunal de Alzada