Dr. Julio Ortiz Linares
Ministro Relator: Abog. Julio Ortiz Linares
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica.
Dr. Julio Ortiz Linares
- AUTO SUPREMO: Nº 650 Sucre, 15 de diciembre de 2007
- DISTRITO: Cochabamba
- Bustos Moya y Alejandro Romero
- Sucre, 15 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que por Sentencia de 28 de noviembre de 2003 (fs
- A través del recurso de casación, el imputado sostiene que en el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: Que, precisados los motivos del recurso, de un análisis del fallo impugnado se tiene
- Del análisis de la Sentencia de 28 de noviembre de 2003 emitida por el Tribunal
- Ahora bien, el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- En aplicación del art
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
