Auto Supremo AS/0661/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0661/2007

Fecha: 15-Dic-2007

CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes se llega a evidenciar, que la Sala Penal


La mencionada resolución superior fue recurrida de casación por el imputado Valentín Daza Moya, quien cuestiona el rechazo a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y objeta las omisiones del Tribunal de Alzada; por lo que, éste Tribunal antes de entrar a conocer ambas objeciones y habiendo declarado admisible el recurso de casación planteado mediante Auto Supremo Nº 304 de 20 de marzo de 2007 de fs. 387 y vta., en virtud de la facultad contenida en el art. 15 de la Ley de Organización Judicial en relación al art. 169 num. 3 del Código de Procedimiento Penal, pasa a revisar los actos del proceso y las actuaciones jurisdiccionales realizadas en la presente causa, para determinar lo que en derecho corresponda.

CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes se llega a evidenciar, que la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior de La Paz rechazó la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; y seguidamente, declaró inadmisible el recurso de apelación restringida presentada por Valentín Daza Moya, confirmando la sentencia de fojas 273 a 284. Resolviendo en consecuencia la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso prevista en el art. 27 num. 10 en relación al art. 308 num. 4 del Código de Procedimiento Penal que es de previo y especial pronunciamiento, conjuntamente los puntos impugnados en el recurso de apelación de fs. 314 a 323 de obrados