Que, cuando convenga aplicar una norma penal sustantiva retroactivamente en favor del condenado, es necesario
Que, cuando convenga aplicar una norma penal sustantiva retroactivamente en favor del condenado, es necesario que la persona afectada indebidamente con una pena gravosa recurra la sentencia ejecutoriada para su revisión por el Supremo Tribunal, quien conocerá la resolución y los antecedentes del proceso para que pueda disponer lo que mandan los principios constitucionales y las normas legales
- AUTO SUPREMO: Nº 663 Sucre, 15 de diciembre de 2007
- VISTOS: El recurso de revisión de sentencia ejecutoriada interpuesto por Gonzalo Burgos Cejas, de fojas
- Finalmente, el recurrente amparándose en el artículo 421 numerales 4) inciso b), 5) y 6)
- CONSIDERANDO: Que de la interpretación de la norma procesal penal incurso en el artículo 421,
- Que, cuando convenga aplicar una norma penal sustantiva retroactivamente en favor del condenado, es necesario
- CONSIDERANDO: Que, con el propósito de revisar la sentencia y los datos del proceso penal
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 15 de diciembre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
