Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
Fdo. Dr. Bernardo Bernal Callapa
Dr. Zacarias Valeriano Rodríguez
Sucre, quince de febrero de dos mil siete
Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
- CONSIDERANDO: que los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal establecen los requisitos
- CONSIDERANDO: que José Salazar Panoso, interpone recurso de casación con los siguientes argumentos
- 2
- 3
- 4
- Por su parte, el imputado Franklin Salazar Alvarez, interpone recurso de casación de fojas 137
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- CONSIDERANDO: que analizados los recursos de casación, se tiene que han sido presentados dentro del
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Asimismo, conforme a la previsión del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-
