Auto Supremo AS/0105/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2007

Fecha: 22-Feb-2007

CONSIDERANDO: La sentencia apelada de fs


PARTES : Loyda Villarroel Vacaflor c/ Ramiro Aranibar Guzmán

MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 699-701 interpuesto por Ramiro Aranibar Guzmán, contra el auto de vista de fs. 694-695, pronunciado el 2 de marzo de 2006, por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el ordinario sobre divorcio absoluto, seguido por Loyda Villarroel Vacaflor contra el recurrente, los antecedentes procesales, y

CONSIDERANDO: La sentencia apelada de fs. 662 a 665, declara probada la demanda de fs. 5 por la causal establecida en el art. 131 del Código de Familia, e improbada la reconvencional de fs. 8 a 9 complementada a fs. 13, por la causal 4°) del art. 130 del igual Código, así como las excepciones perentorias de falta de acción y derecho en la actora opuesta a fs. 8 y 9; en consecuencia declara disuelto el vínculo conyugal que unía a los esposos Ramiro Aranibar Guzmán y Loyda Villarroel Vacaflor, por culpa de ambos, con derecho a la asistencia familiar de la esposa, conforme al párrafo último del art. 143 del Código de Familia. Dispone también que los hijos menores Diego y Dana Priscila queden bajo la guarda legal de la madre, asignándoseles asistencia familiar a favor de la esposa y los hijos en la suma de Bs. 600 mensuales