En efecto, en cuanto a la acusación que se hubiere pronunciado sentencia en base a
En efecto, en cuanto a la acusación que se hubiere pronunciado sentencia en base a Certificados tanto de Matrimonio como de Nacimiento en fotocopias legalizadas no por el tenedor del original, debemos dejar en claro que el art. 1311 del Código Civil otorga a las copias mecánicas (fotocopias) igual valor que el original cuando son nítidas y su conformidad con el original auténtico y completo "se acredita por un funcionario público autorizado, previa orden judicial o de autoridad competente, o, a falta de esto, si la parte a quien se opongan no las desconoce expresamente"
- DISTRITO : Oruro PROCESO: Ordinario - Divorcio absoluto
- CONSIDERANDO: La sentencia apelada de fs
- Fallo de primera instancia que, apelado por el demandado, es confirmado por el tribunal ad
- Contra la resolución de vista, el demandado Ramiro Aranibar Guzmán, recurre de casación peticionando que
- Sostiene que se ha violado el art
- Acusa también que el auto de vista infringe lo previsto por el art
- Finalmente acusa que, el sorteo del expediente de fs
- CONSIDERANDO: De la revisión de los actuados, en función al recurso interpuesto por el demandado,
- En efecto, en cuanto a la acusación que se hubiere pronunciado sentencia en base a
- En obrados, si bien los Certificados extrañados han sido legalizados por un funcionario que no
- En cuanto a la violación del art
- En definitiva la precitada norma legal complementa el art
- El recurrente acusó que la sentencia de segunda instancia no fuera exhaustiva como manda el
- En cuanto a la cita del art
- Finalmente, en cuanto a la observación del sorteo de la causa, de los datos del
- Por todo lo anteriormente expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo dar aplicación a la previsión
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 22 de febrero de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
