VISTOS: El recurso de Casación de fojas 65 a 66 interpuesto por Carlos Nicasio Leandro
A, 2 de febrero de 2007, Sucre
VISTOS: El recurso de Casación de fojas 65 a 66 interpuesto por Carlos Nicasio Leandro Impugnando el Auto de Vista Nº 15 de 7 de marzo de 2006 de fojas 60 a 61, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Respetable Corte Superior de Justicia del Distrito de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de hurto, previsto y sancionado por el articulo 326 del Código Penal
- PARTES : Ministerio Público c/ Carlos Nicasio Leandro
- Hurto
- MINISTRO RELATOR: Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- VISTOS: El recurso de Casación de fojas 65 a 66 interpuesto por Carlos Nicasio Leandro
- CONSIDERANDO: Que el Juez de Sentencia Nº 2 de la ciudad de Potosí fallo declarando
- CONSIDERANDO: Que Carlos Nicasio Leandro mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: Que de la revisión del recurso de casación y de los antecedentes del proceso
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Apelación no se encuentra facultado para valorar la prueba, ni
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE: Que con el nuevo sistema procesal penal garantiza la valoración de la
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Fdo. Dr. Carlos Jaime Villarroel Ferrer
- Dr. Wilfredo Ovando Rojas
- Proveído.- Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007
